El proceso de evaluación externa del doctorado bajo el RD 99/2011 (2026)
El proceso de evaluación externa de la tesis doctoral en España no surge de la práctica informal de cada universidad: tiene una base normativa precisa en el Real Decreto 99/2011 y, desde 2023, en el Real Decreto 576/2023 que lo modifica. Entender este proceso —sus fases, su lógica interna, los derechos que confiere al doctorando y las obligaciones que impone a los evaluadores— es fundamental para cualquier investigador que se encuentre en la recta final del doctorado.
A diferencia del sistema anglosajón, donde los examinadores externos son también miembros del tribunal de defensa, el modelo español separa —aunque tras el RD 576/2023 ya puede solaparse— la evaluación previa al depósito de la evaluación pública en la defensa. Esta doble capa de revisión es una garantía de calidad, pero añade tiempo y complejidad al proceso que conviene anticipar.
Marco legal: texto original y modificaciones del RD 576/2023
El Real Decreto 99/2011, de 28 de enero (BOE-A-2011-2541), estableció el marco básico de la evaluación externa en su artículo 13. Los elementos esenciales de este artículo son:
- La tesis debe contar con un mínimo de dos informes emitidos por personas doctoras expertas en la materia, externas a la universidad.
- Los evaluadores “podrán proponer aspectos de mejora”.
- En función del contenido de los informes, la comisión académica dará un plazo al doctorando para responder e incorporar modificaciones pertinentes antes del depósito.
El Real Decreto 576/2023, de 4 de julio, publicado en el BOE el 18 de julio de 2023 (BOE-A-2023-16573), introdujo modificaciones sustanciales que deben aplicarse a todos los doctorandos desde el inicio del curso 2024-2025:
| Aspecto | RD 99/2011 original | Tras RD 576/2023 |
|---|---|---|
| N.º mínimo de evaluadores externos | 2 | 2 (sin cambio) |
| Evaluadores externos en el tribunal | No previsto explícitamente (interpretación variable) | Expresamente permitido |
| Publicidad de la tesis antes del depósito | No prevista en este trámite | Obligatoria; cualquier doctor puede formular observaciones |
| Composición del tribunal | Mayoría de miembros externos al programa | Mayoría de miembros externos a la universidad y al programa; composición equilibrada por sexo |
| Informes disponibles para el tribunal | Sí | Sí, incluyendo respuesta del doctorando |
Diagrama de flujo del proceso completo
El proceso completo de evaluación externa y defensa de la tesis doctoral sigue la siguiente secuencia lógica:
↓
[1] Solicitud de autorización de depósito
(Doctorando + directores → Comisión Académica)
↓
[2] Verificación de requisitos de formación
(Comisión Académica: créditos, estancias, plan de investigación)
↓
[3] Nombramiento de evaluadores externos
(≥ 2, externos a la universidad, sin conflicto de interés)
↓
[4] Envío de la tesis a evaluadores
(Formato digital, formulario de evaluación)
↓
[5] Período de evaluación (máx. 30 días)
Tres posibles resultados:
[5a] Positivo sin cambios → ir a [7]
[5b] Positivo con cambios menores → doctorando responde → ir a [7]
[5c] Cambios sustanciales o negativo → doctorando modifica → posible nueva evaluación
↓
[6] Publicidad previa al depósito (RD 576/2023)
(Cualquier doctor puede formular observaciones)
↓
[7] Depósito oficial de la tesis
(Período público mínimo: 15 días hábiles)
↓
[8] Propuesta y aprobación del tribunal
(Comisión Académica + Escuela de Doctorado)
↓
[9] Convocatoria y celebración de la defensa
(Mínimo 15 días desde autorización; máximo 3 meses)
↓
FIN: Calificación y, en su caso, mención cum laude
Fase 1: solicitud de autorización para el depósito
El proceso de evaluación externa se activa cuando el doctorando —con el visto bueno expreso de sus directores de tesis— presenta ante la comisión académica del programa una solicitud formal de autorización para el depósito. Esta solicitud se acompaña habitualmente de:
- El documento de tesis en su versión definitiva o casi definitiva.
- El documento de actividades del doctorando, que recoge las actividades formativas realizadas durante el período de doctorado (cursos, congresos, estancias, publicaciones).
- El informe anual de seguimiento del director, avalando el progreso y la calidad del trabajo.
- En su caso, los documentos específicos para menciones especiales (mención internacional, mención industrial).
La comisión académica revisa estos documentos y verifica que el doctorando cumple los requisitos mínimos establecidos por el programa para proceder a la evaluación externa. Si detecta incumplimientos —créditos de actividades insuficientes, plan de investigación no aprobado en el último seguimiento— puede denegar la solicitud o condicionarla a la subsanación de las deficiencias.
Fase 2: nombramiento y encargo a los evaluadores externos
Una vez aprobada la solicitud de autorización, la comisión académica procede a designar a los evaluadores externos. El proceso de nombramiento varía según las universidades, pero sigue generalmente estos pasos:
- Propuesta inicial: el director de tesis propone una lista de candidatos (generalmente tres o más, para cubrir posibles rechazos o conflictos de interés). La comisión académica analiza los candidatos propuestos.
- Verificación de idoneidad: la comisión verifica que los candidatos cumplen los requisitos (ser doctores con experiencia acreditada en el área, ser externos a la universidad, no tener conflicto de interés con el doctorando o los directores).
- Contacto y aceptación: los evaluadores seleccionados son contactados —generalmente por la escuela de doctorado— y se les solicita que confirmen su disponibilidad y ausencia de conflicto de interés antes de recibir la tesis.
- Envío de la documentación: una vez confirmada la aceptación, los evaluadores reciben la tesis en formato digital y el formulario oficial de evaluación de la universidad.
Fase 3: elaboración y envío de los informes externos
Los evaluadores externos tienen un plazo máximo de 30 días desde la recepción de la documentación para emitir su informe. Este plazo, establecido como orientativo en la normativa de muchas universidades, puede prolongarse cuando los evaluadores son investigadores internacionales con compromisos previos o cuando el período coincide con vacaciones académicas.
Los formularios de evaluación empleados por las universidades españolas solicitan habitualmente una valoración en las siguientes dimensiones:
- Originalidad y aportación: ¿constituye la tesis una contribución novedosa al conocimiento en el área?
- Metodología: ¿es el diseño metodológico adecuado para los objetivos planteados? ¿se aplican correctamente los métodos de análisis?
- Revisión bibliográfica: ¿refleja el estado del arte de forma actualizada, completa y crítica?
- Coherencia interna: ¿existe coherencia entre hipótesis, metodología, resultados y conclusiones?
- Calidad formal: ¿la redacción y la estructura del documento son adecuadas para una tesis doctoral?
- Valoración global: ¿recomienda el evaluador la autorización del depósito? ¿con cambios o sin ellos?
Si el evaluador no remite el informe en plazo y no responde a los recordatorios de la escuela de doctorado, la comisión académica designa un evaluador sustituto, lo que puede añadir entre dos y cuatro semanas adicionales al proceso.
Fase 4: comunicación al doctorando y período de respuesta
Una vez recibidos los informes, la comisión académica los comunica al doctorando. El plazo y el procedimiento de respuesta dependen del tipo de informe recibido:
Si los informes son positivos sin observaciones significativas
La comisión académica puede autorizar directamente el depósito sin necesidad de un período de respuesta formal. El doctorando puede incorporar voluntariamente observaciones menores antes de la versión definitiva.
Si los informes incluyen observaciones
La comisión académica fija un plazo para que el doctorando elabore una respuesta escrita a las observaciones de los evaluadores. Esta respuesta puede adoptar dos formas:
- Respuesta de aceptación: el doctorando acepta las observaciones, indica qué cambios ha incorporado a la tesis y señala en qué páginas se encuentran las modificaciones.
- Respuesta de réplica: el doctorando argumenta motivadamente por qué considera que determinadas observaciones no son procedentes o están fuera del alcance de la tesis. Esta opción es académicamente legítima y no implica consecuencias negativas si la argumentación es sólida.
Si los informes solicitan cambios sustanciales
El proceso de depósito se suspende hasta que el doctorando reformule la tesis en los aspectos señalados. En función de la gravedad de los cambios requeridos, la comisión académica puede optar por:
- Enviar la versión revisada a los mismos evaluadores para una segunda valoración.
- Autorizar el depósito en función de la respuesta del doctorando sin una segunda ronda de evaluación.
- Designar un evaluador adicional para obtener una tercera opinión.
Fase 5: depósito público y período de observaciones
El depósito público de la tesis doctoral es la fase en la que el documento queda accesible para la comunidad académica antes de la defensa. El RD 576/2023 reforzó la obligación de la universidad de “garantizar la publicidad de la tesis doctoral completa” durante este período.
Durante el período de depósito público —cuya duración mínima suele ser de 15 días hábiles, aunque varía entre universidades— cualquier doctor puede formular observaciones sobre el contenido de la tesis ante la comisión académica. Esta posibilidad, inspirada en los modelos de open peer review de publicaciones científicas, es un mecanismo de transparencia adicional cuya utilización práctica es todavía infrecuente en el sistema universitario español.
Fase 6: propuesta de tribunal y convocatoria de defensa
Superado el período de depósito, la comisión académica elabora la propuesta de tribunal de defensa, que debe cumplir los requisitos del RD 99/2011 modificado:
- Al menos tres miembros (en muchas universidades, cinco).
- Mayoría de miembros externos a la universidad donde se defiende la tesis y al programa de doctorado.
- Composición equilibrada entre hombres y mujeres.
- Exclusión de directores y tutores del doctorando.
- Los evaluadores externos que emitieron informes previos pueden ser miembros del tribunal (RD 576/2023).
La defensa debe celebrarse entre 15 días hábiles y 3 meses desde la autorización. Las defensas fuera de este período requieren una nueva autorización de la comisión académica.
Para profundizar en el papel específico de los evaluadores externos y los tipos de informe que pueden emitir, puede consultarse el artículo complementario sobre la evaluación por pares de la tesis doctoral: el comité externo.
Plazos reales: cuánto dura realmente el proceso
Los plazos formales establecidos en los reglamentos universitarios no siempre coinciden con los plazos reales. Los factores que más frecuentemente provocan demoras son:
- Dificultad para encontrar evaluadores disponibles: en áreas muy especializadas, el número de expertos potenciales que cumplen todos los requisitos puede ser reducido, y la búsqueda de evaluadores dispuestos a comprometerse en los plazos requeridos puede alargarse varias semanas.
- Coincidencia con períodos vacacionales: las solicitudes presentadas entre mediados de julio y finales de agosto, o durante las vacaciones de Navidad, suelen sufrir retrasos significativos.
- Informes con cambios sustanciales: si los evaluadores solicitan modificaciones profundas, el tiempo de revisión del doctorando y el posible ciclo adicional de evaluación pueden sumar entre tres y seis meses adicionales al proceso.
- Trámites administrativos universitarios: la tramitación de la propuesta de tribunal, la verificación de los miembros y la convocatoria formal a los miembros del tribunal añaden tiempo administrativo variable.
Como referencia orientativa, en condiciones normales y con informes positivos, el proceso completo desde la solicitud de autorización de depósito hasta la celebración de la defensa suele durar entre dos y cuatro meses. Con cambios sustanciales en los informes, puede extenderse a seis meses o más.
Adaptaciones universitarias al marco estatal
Cada universidad desarrolla el marco normativo estatal en sus propios reglamentos de doctorado, lo que genera diferencias que el doctorando debe conocer:
Universidad de Burgos (UBu)
La UBu tiene procedimientos diferenciados para doctorandos bajo el RD 99/2011 original y para los acogidos a la nueva regulación del RD 576/2023, con formularios y plazos distintos en cada caso.
Universidad de Granada (UGR)
La UGR exige que la fecha de defensa se registre en el sistema de gestión de depósitos con un mínimo de 15 días hábiles de antelación. La Escuela de Posgrado de la UGR ha publicado el procedimiento completo de defensa y evaluación con las especificidades de la votación de la mención cum laude, incluyendo la opción de voto electrónico con plazo de 24 horas.
Universidad Politécnica de Valencia (UPV)
La UPV distingue entre “evaluadores externos” y “miembros del tribunal” con criterios precisos sobre qué constituye ser “externo” a efectos de cada figura, evitando solapamientos que pudieran comprometer la imparcialidad del proceso.
Disposiciones transitorias del RD 576/2023
El RD 576/2023 establece disposiciones transitorias importantes que afectan a los doctorandos en curso en 2026:
- Los doctorandos que iniciaron sus estudios antes de la entrada en vigor del RD 576/2023 (julio de 2023) pueden continuar bajo la regulación anterior en lo relativo a los requisitos propios de sus programas.
- Sin embargo, las normas sobre composición del tribunal, defensa y evaluación son aplicables a todos los doctorandos desde el inicio del curso académico 2024-2025, con independencia de la fecha de inicio de sus estudios.
- Los programas de doctorado ya verificados bajo la regulación anterior debían haberse adaptado a lo dispuesto en el RD 576/2023 antes del inicio del curso 2026-2027.
Esta disposición transitoria tiene consecuencias prácticas: un doctorando que inició en 2021 bajo el RD 99/2011 original verá su defensa evaluada por un tribunal que debe cumplir los nuevos requisitos de mayoría externa y equilibrio de género del RD 576/2023, aunque los requisitos académicos de su tesis sean los del reglamento original de su programa.
Para quienes también planifican publicaciones asociadas al doctorado, la relación entre el proceso de evaluación externa y los requisitos de la tesis por compendio queda detallada en el análisis sobre los requisitos de tesis por compendio por universidad.
Quienes estén próximos a defender también pueden consultar el checklist de depósito de tesis doctoral en TESEO para verificar que todos los documentos están en orden antes de iniciar el proceso de evaluación externa.
Para ampliar el conocimiento sobre la fase final de la defensa —en particular la votación sobre la mención cum laude— puede consultarse el artículo específico sobre la mención cum laude: requisitos y votación secreta.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tarda en promedio el proceso completo de evaluación externa?
En condiciones normales, con informes positivos o con observaciones menores, el proceso completo desde la solicitud de depósito hasta la defensa suele durar entre dos y cuatro meses. Si los informes incluyen cambios sustanciales que requieren una revisión profunda de la tesis y posiblemente una segunda ronda de evaluación, el proceso puede extenderse entre seis meses y un año. Conviene planificar estos plazos con margen suficiente antes de la fecha límite de lectura del programa.
¿Se puede defender la tesis si uno de los dos evaluadores emite un informe negativo?
La normativa estatal no prohíbe expresamente la defensa en caso de un informe negativo aislado. La decisión corresponde a la comisión académica, que valora el conjunto de los informes y la respuesta del doctorando. Si el segundo informe es claramente positivo, la comisión puede autorizar el depósito con o sin modificaciones adicionales. Si ambos informes son negativos, el depósito generalmente no se autoriza hasta que se subsanen los problemas señalados.
¿Puede el doctorando conocer la identidad de los evaluadores externos?
Depende de la política de cada universidad. Algunas aplican un sistema de evaluación doble ciego en el que la identidad de los evaluadores se mantiene confidencial durante el proceso y solo se revela —o no— tras la defensa. Otras universidades informan al doctorando de la identidad de los evaluadores desde el momento del nombramiento. En cualquier caso, el doctorando siempre tiene derecho a conocer el contenido de los informes para poder responder adecuadamente a las observaciones.
¿Qué ocurre si un evaluador externo no envía su informe en el plazo previsto?
Si un evaluador no remite su informe en el plazo establecido —habitualmente 30 días— y no responde a los recordatorios de la escuela de doctorado, la comisión académica designa un evaluador sustituto. Este proceso puede añadir entre dos y cuatro semanas adicionales al cronograma. Es una situación relativamente frecuente en áreas con pocos expertos disponibles, razón por la cual los directores suelen proponer más candidatos de los estrictamente necesarios.
¿Puede rebatirse un informe externo negativo sin modificar la tesis?
Sí. El doctorando tiene derecho a elaborar una respuesta motivada a las observaciones de los evaluadores externos sin necesidad de incorporar todas las modificaciones sugeridas. Si el doctorando considera que determinadas observaciones son incorrectas o están fuera del alcance de la tesis, puede argumentarlo con rigor académico. La comisión académica evaluará tanto la posición del evaluador como la respuesta del doctorando para tomar su decisión. Esta opción es especialmente relevante cuando las observaciones del evaluador reflejan diferencias de enfoque teórico o metodológico legítimas, no deficiencias reales de la tesis.
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