Tesis por compendio de publicaciones JCR Q1 en 2026: requisitos universidad por universidad
Elegir la modalidad de tesis por compendio de publicaciones es una decisión estratégica que condiciona años de trabajo investigador. Sin embargo, los requisitos no son uniformes en España: cada universidad ha desarrollado su propia interpretación del marco mínimo fijado por el Real Decreto 99/2011 y las modificaciones introducidas por el Real Decreto 576/2023. Saber con exactitud cuántos artículos exige tu institución, en qué cuartil deben figurar y qué condiciones de autoría se aplican puede marcar la diferencia entre una planificación doctoral sólida y años de trabajo en la dirección equivocada.
Esta guía realiza una auditoría sistemática de los reglamentos de tesis por compendio en las universidades españolas de referencia —UCM, UAM, UGR y UPV— contrastando cada exigencia con la normativa estatal vigente. El objetivo es proporcionar al doctorando y a su director una imagen precisa del panorama regulatorio en 2026, antes de que se tome ninguna decisión irreversible sobre el plan de publicaciones.
Dado que los reglamentos internos se actualizan periódicamente, se recomienda contrastar siempre con la escuela de doctorado correspondiente, pero la estructura comparativa que aquí se ofrece constituye el punto de partida más riguroso disponible.
Marco normativo estatal: RD 99/2011 y RD 576/2023
El artículo 13 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero (BOE-A-2011-2541), establece que la tesis doctoral «será un trabajo original de investigación» y habilita a las universidades para admitir la modalidad de compendio de publicaciones, siempre que así lo prevean sus normativas internas. La redacción original no fijaba número mínimo de artículos ni criterios de calidad bibliométrica, lo que generó una diversidad regulatoria considerable entre instituciones.
El Real Decreto 576/2023, publicado en el BOE el 18 de julio de 2023 (BOE-A-2023-16573), introdujo modificaciones relevantes que afectan indirectamente a la modalidad de compendio:
- Publicidad previa al depósito: la universidad garantizará la publicidad de la tesis durante el proceso de evaluación, antes de su defensa, para que otros doctores puedan formular observaciones (nuevo art. 14 bis).
- Evaluación externa reforzada: mínimo dos informes de expertos externos a la universidad, con posibilidad de que estos expertos formen parte del tribunal (art. 14, modificado).
- Tribunal con mayoría externa: el tribunal debe incluir una mayoría de miembros externos no solo al programa sino a la propia universidad (art. 14.2).
- Aplicación transitoria: los doctorandos matriculados antes de la entrada en vigor del RD 576/2023 pueden mantener la regulación anterior, si bien las normas sobre tribunal y defensa se aplican a todos desde el curso 2024-2025.
Ninguno de los dos decretos menciona explícitamente el índice JCR ni el cuartil como criterio de calidad. Esta exigencia es enteramente universitaria, derivada de la autonomía que los decretos conceden a cada institución para desarrollar sus propios reglamentos.
UCM: cuatro artículos con JCR o FECYT
La Universidad Complutense de Madrid es, entre las grandes universidades generalistas, la que establece los requisitos cuantitativos más exigentes. Según su normativa específica para programas de doctorado:
- Número mínimo: cuatro artículos científicos, no tres como fija el mínimo estatal.
- Estándar de calidad: todos los artículos deben estar publicados en revistas recogidas en el catálogo JCR (Journal Citation Reports) o en revistas con el Sello de Calidad FECYT.
- Exigencia de cuartil: al menos uno de los cuatro artículos debe encontrarse en el Q1 o Q2 del catálogo JCR.
- Autoría: el doctorando debe figurar como autor o coautor en todos los trabajos.
La UCM no especifica en su normativa marco la posición de autoría requerida (primer autor o autor de correspondencia), aunque algunos programas —como el Doctorado en Periodismo o el Doctorado en Cuidados de Salud— añaden requisitos adicionales exigiendo que todos los artículos sean Q1/Q2.
«Se exigen cuatro artículos que deberán publicarse en alguna de las revistas recogidas en los catálogos JCR o FECYT (Sello de Excelencia). Al menos, uno de los artículos deberá publicarse en revistas que se encuentren en el primer o segundo cuartil del catálogo JCR.» — Normativa de tesis como compendio de publicaciones, UCM.
Esta exigencia de cuatro artículos convierte la planificación doctoral en la UCM en un ejercicio que requiere, en la práctica, comenzar las publicaciones desde el primer año de doctorado, dado que los tiempos medios de revisión y publicación en revistas JCR oscilan entre ocho y dieciocho meses según el área.
UAM: tres artículos con autoría principal y Open Access
La Universidad Autónoma de Madrid establece el mínimo estatal de tres artículos, pero añade condiciones específicas de autoría y acceso abierto que la distinguen del resto:
- Número mínimo: tres artículos publicados o aceptados para su publicación.
- Estándar de calidad: revistas científicas de reconocido prestigio, libros editados de importancia justificada o monografías publicadas por editoriales de relevancia. La UAM no establece explícitamente el umbral JCR Q1 en su normativa marco.
- Condición de autoría principal: al menos dos de los tres artículos deben figurar con el doctorando como «autor/a principal». Esta exigencia no se aplica a doctorandos con primera matrícula anterior al curso 2024-2025.
- Acceso abierto obligatorio (desde octubre de 2024): las publicaciones deben estar en acceso abierto con licencias reutilizables, publicadas en ruta diamante u oro, o depositadas como preprint en el repositorio institucional Biblos-e Archivo. Esta condición no afecta a artículos publicados antes del 1 de octubre de 2024.
La condición de autoría principal en dos de los tres artículos es una exigencia con consecuencias prácticas inmediatas: el doctorando no puede planificar su compendio sobre la base de trabajos donde figure como tercer o cuarto autor, ni aun cuando la contribución intelectual hubiera sido relevante.
UGR: tres artículos JCR, primer tercil obligatorio
La Universidad de Granada aplica un criterio bibliométrico específico y diferenciado del cuartil: el tercil. La normativa de la Escuela de Posgrado de la UGR establece:
- Número mínimo: tres trabajos originales publicados en revistas indexadas en JCR.
- Tipo de trabajo: se excluyen explícitamente las revisiones bibliográficas; deben ser trabajos originales de investigación.
- Exigencia de tercil: al menos uno de los artículos debe estar situado en el primer tercil de su categoría JCR, lo que equivale aproximadamente al Q1 superior.
- Autoría: el doctorando debe figurar como autor en todos los trabajos.
El criterio de primer tercil es más selectivo que el Q2: mientras que el primer cuartil (Q1) incluye el 25% superior de revistas por factor de impacto, el primer tercil equivale al 33% superior, lo que en la práctica exige revistas de mayor impacto relativo que el simple Q2. Sin embargo, es menos restrictivo que exigir el Q1 estricto en todos los artículos.
«Son necesarios al menos 3 trabajos originales publicados en revistas indexadas en JCR, que no sean revisiones, y al menos uno de ellos tiene que estar situado en el 1.º tercil de la categoría.» — Escuela de Posgrado, Universidad de Granada.
UPV: variabilidad por programa y área disciplinar
La Universitat Politècnica de València presenta la mayor variabilidad interna de las cuatro instituciones analizadas. La normativa general de la Escuela de Doctorado fija la estructura obligatoria del documento —introducción general, objetivos, capítulos de publicaciones y discusión global— pero delega los criterios de calidad a cada programa de doctorado.
Como consecuencia, los requisitos varían sensiblemente entre áreas:
- En ingenierías y ciencias de la computación, los programas tienden a aceptar publicaciones en actas de conferencias indexadas en Scopus Q1/Q2 además de artículos de revista.
- En ciencias de la vida y agronomía, predomina la exigencia de revistas JCR con factor de impacto por encima de la mediana del área.
- En ciencias sociales y humanidades, el criterio puede incluir capítulos de libro en editoriales de prestigio junto a los artículos de revista.
Ante esta dispersión, la consulta directa con la comisión académica del programa de doctorado correspondiente es imprescindible antes de diseñar el plan de publicaciones. La normativa de la Escuela de Doctorado de la Universidad de Zaragoza, que exige cuatro artículos con al menos tres en JCR y admite publicaciones ESCI desde 2024, ilustra cómo la variedad regulatoria va más allá de las cuatro instituciones analizadas en esta guía.
Tabla comparativa completa
La siguiente tabla sintetiza los requisitos principales para la tesis por compendio de publicaciones en las cuatro universidades analizadas:
| Universidad | N.º mínimo artículos | Índice / Cuartil | Condición autoría | Open Access |
|---|---|---|---|---|
| UCM | 4 | JCR o FECYT; ≥1 en Q1/Q2 JCR | Autor/coautor en todos | No especificado en normativa marco |
| UAM | 3 | Revistas de «reconocido prestigio» (sin umbral JCR explícito en normativa marco) | Autor/a principal en ≥2 artículos (desde 2024-25) | OA obligatorio (publicaciones desde oct. 2024) |
| UGR | 3 | JCR; ≥1 en primer tercil | Autor en todos; solo trabajos originales (no revisiones) | No especificado en normativa marco |
| UPV | Variable por programa | Variable (Scopus/JCR según programa y área) | Según normativa de programa | Según normativa de programa |
| Mínimo RD 99/2011 | No fijado explícitamente | No fijado (solo «reconocido prestigio») | No especificado | No exigido en el propio decreto |
Fuente: elaboración propia a partir de normativas internas UCM, UAM, UGR y UPV, y texto consolidado del RD 99/2011 (BOE-A-2011-2541).
Estructura obligatoria del documento de compendio
Más allá del número de artículos y los criterios de calidad, todas las universidades coinciden en que el documento de tesis por compendio debe incluir un conjunto de secciones específicas que articulan la coherencia académica del trabajo. Las exigencias estructurales son, en general, más uniformes que los criterios bibliométricos:
- Introducción general: justifica la temática de investigación, enmarca el estado del arte y explica la aportación original del doctorando en su conjunto. Debe redactarse como un texto académico propio, no como un mero sumatorio de los resúmenes de los artículos.
- Hipótesis y objetivos: la mayoría de normativas exige un capítulo explícito que articule las preguntas de investigación, hipótesis y objetivos que guían el compendio como un todo.
- Capítulos de publicaciones: copias completas de los artículos publicados o aceptados, normalmente en el formato de publicación, acompañadas de su referencia bibliográfica completa y los datos de publicación (DOI, ISSN, factor de impacto, cuartil en el año de publicación).
- Discusión integradora: es el componente más exigente y diferenciador de esta modalidad. Debe demostrar que los artículos no son trabajos independientes sino que constituyen un todo cohesionado que avanza el conocimiento de forma articulada.
- Conclusiones globales: síntesis de los hallazgos principales del conjunto, implicaciones teóricas y prácticas, y propuesta de líneas futuras de investigación.
- Referencias bibliográficas: lista completa de referencias citadas en las secciones propias del doctorando (introducción, discusión, conclusiones).
- Declaraciones de coautores: formularios firmados por todos los coautores autorizando el uso de los trabajos y renunciando a su uso simultáneo en otras tesis doctorales.
Autoría y coautoría: el nudo gordiano
La condición de autoría es el aspecto más problemático y menos estandarizado del régimen de tesis por compendio. La diversidad normativa puede generar conflictos inesperados:
¿Qué se entiende por «autor principal»?
En las ciencias biomédicas y experimentales, la autoría principal corresponde generalmente al primer autor de la lista. En disciplinas con orden alfabético de autores —frecuente en economía y matemáticas— el concepto de «autor principal» requiere una declaración explícita de contribución que el doctorando debe negociar con sus coautores al inicio del proyecto.
El problema de los artículos anteriores al doctorado
Algunas normativas permiten incluir artículos publicados antes del inicio oficial del doctorado, siempre que no se hayan utilizado en otra tesis doctoral. Otras exigen que todos los artículos sean producidos durante el período de doctorado. La UCM y la UGR no restringen explícitamente el período de publicación, pero la comisión académica puede objetar artículos anteriores a la matrícula doctoral si no se justifica su vinculación al proyecto de investigación doctoral.
Renuncia de coautores
La declaración de renuncia de coautores —por la que estos certifican no usar el artículo en su propia tesis— es un requisito universal pero a menudo subestimado en la planificación. Obtener esta renuncia de coautores internacionales, de grupos consolidados con múltiples doctorandos, o de coautores que hayan abandonado la academia puede ser un proceso largo. Conviene gestionarla desde el primer artículo.
Acceso abierto tras RD 576/2023
El Real Decreto 576/2023, en consonancia con la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (Ley 14/2011, modificada en 2022), intensifica las obligaciones de acceso abierto para la producción científica financiada con fondos públicos. Aunque el RD 576/2023 no regula directamente el acceso abierto de los artículos de compendio, su espíritu ha llevado a universidades como la UAM a establecerlo como condición explícita para publicaciones posteriores a octubre de 2024.
Las opciones para cumplir la condición de acceso abierto son:
- Ruta dorada: publicar directamente en revista de acceso abierto. Implica el pago de APC (Article Processing Charges) salvo que la revista sea de acceso abierto diamante sin costes para el autor.
- Ruta verde: depositar el manuscrito aceptado (postprint) en el repositorio institucional (Biblos-e Archivo en la UAM, DIGIBUG en la UGR, etc.) con el período de embargo que permita la editorial.
- Ruta diamante: revistas de acceso abierto sin coste ni para el autor ni para el lector, financiadas por instituciones o consorcios.
Para el doctorando que publica en revistas de suscripción tradicional —frecuente en áreas de humanidades y ciencias sociales— la ruta verde es la opción más accesible y no compromete el factor de impacto de la revista elegida.
Estrategia de publicación para cumplir requisitos
Dado el panorama normativo descrito, una planificación doctoral orientada al compendio requiere decisiones tempranas y bien fundamentadas:
Año 1: definir la estrategia antes de publicar
El primer paso debe ser la consulta explícita con la comisión académica del programa para obtener por escrito los requisitos específicos aplicables. Los reglamentos se actualizan y conviene disponer de una versión escrita que ampare el plan de publicaciones acordado.
Elegir revistas con margen de cuartil
Si el requisito exige Q1 en al menos un artículo, conviene diseñar el primer artículo —el más elaborado y con datos más sólidos— para apuntar a revistas posicionadas en Q1, aunque históricamente hayan oscilado entre Q1 y Q2. Publicar primero en Q2 y reservar el Q1 para el segundo o tercer artículo es una estrategia de riesgo elevado: la dinámica del JCR hace que el cuartil de una revista varíe de un año a otro.
Gestionar los tiempos reales de publicación
El promedio de tiempo desde el envío hasta la publicación definitiva en revistas JCR varía según el área: entre 6 y 12 meses en ciencias experimentales, entre 12 y 24 meses en ciencias sociales. Planificar el depósito de la tesis sin haber recibido aún la carta de aceptación de alguno de los artículos es un riesgo real que muchas normativas resuelven permitiendo incluir artículos «aceptados pero no publicados». Conviene verificar si esta opción está disponible en cada universidad.
Artículo de revista o capítulo de libro
Algunas normativas —UAM, en particular— permiten incluir monografías o capítulos en libros de editoriales de reconocido prestigio como parte del compendio. Esto puede ser relevante en humanidades y ciencias sociales, donde la publicación en libro mantiene un peso específico en la evaluación académica. Sin embargo, los criterios de calidad para libros son más subjetivos y conviene negociar su aceptación explícita con la comisión académica antes de invertir esfuerzo en este formato.
Para el contexto de la evaluación externa y los informes de expertos que preceden al depósito, conviene consultar el análisis sobre la evaluación por pares en la tesis doctoral española, donde se detalla el papel del comité externo y los plazos del proceso.
La planificación del compendio también está íntimamente ligada a la modalidad de doctorado: los doctorandos en modalidad industrial o con empresa colaboradora pueden enfrentar restricciones adicionales de propiedad intelectual sobre sus publicaciones. Para ampliar este contexto, puede consultarse el artículo sobre el doctorado industrial frente al académico.
Antes de iniciar el proceso de depósito, conviene revisar el checklist final de depósito de tesis doctoral en TESEO, que ofrece una verificación sistemática de los 38 documentos necesarios antes de la evaluación externa.
Quienes también contemplen solicitar la mención internacional pueden ampliar los requisitos específicos en la guía sobre cómo solicitar la mención internacional del doctorado.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar una tesis por compendio con artículos publicados antes de comenzar el doctorado?
Depende de la normativa de cada universidad. La mayoría de reglamentos no prohíbe explícitamente incluir artículos anteriores a la matrícula doctoral, pero la comisión académica puede objetarlos si no demuestran vinculación directa con el proyecto de investigación doctoral. Conviene obtener por escrito la confirmación de la comisión académica antes de incluir artículos previos en el plan de publicaciones.
¿Cuenta el cuartil de la revista en el año de publicación o en el año de defensa de la tesis?
Generalmente, el criterio que se aplica es el cuartil de la revista en el año de publicación del artículo, no el del año de defensa. Sin embargo, algunas normativas no especifican este extremo. Dado que los cuartiles JCR se actualizan anualmente y pueden variar, conviene documentar el cuartil de cada revista en el año de publicación y conservar esa evidencia para el momento del depósito.
¿Qué ocurre si uno de los artículos no supera la revisión y la tesis ya está en proceso de depósito?
Si el artículo rechazado era el único que cumplía el requisito de cuartil exigido, el proceso de depósito no puede continuar hasta sustituirlo por otro artículo que sí lo cumpla. La mayoría de normativas permiten sustituir artículos «aceptados» por otros equivalentes antes del depósito definitivo. No obstante, un rechazo en esta fase puede suponer retrasos de entre seis meses y un año. Esta es la razón por la que los directores recomiendan tener un artículo «de reserva» en revisión antes de iniciar el proceso de depósito.
¿Es posible cambiar de modalidad monográfica a compendio una vez iniciado el doctorado?
En general, sí, siempre que la comisión académica del programa apruebe el cambio de modalidad y se acredite que se cuenta —o se dispondrá antes del depósito— con los artículos necesarios. El cambio debe solicitarse formalmente y no es automático. En algunas universidades, el cambio de modalidad requiere también la autorización de los directores de tesis y el visto bueno de la escuela de doctorado.
¿Cómo afecta el RD 576/2023 a los doctorandos que comenzaron antes de su entrada en vigor?
El RD 576/2023 establece disposiciones transitorias que permiten a los doctorandos matriculados antes de su entrada en vigor continuar bajo la regulación anterior en lo relativo a los requisitos de la tesis. Sin embargo, las nuevas normas sobre composición del tribunal, evaluación externa y defensa son aplicables a todos los doctorandos desde el inicio del curso académico 2024-2025, con independencia de cuándo comenzaron sus estudios.
¿Pueden ser artículos de revista de acceso abierto con APC los que conforman el compendio?
Sí, los artículos en revistas de acceso abierto con APC (Article Processing Charges) son plenamente válidos para conformar el compendio, siempre que cumplan los requisitos de calidad (JCR, Scopus) establecidos por la universidad correspondiente. Además, desde octubre de 2024, la UAM exige que las publicaciones estén en acceso abierto, lo que hace que la ruta dorada —pago de APC— sea una de las vías para cumplir este requisito.

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