Las dos cosas existen, pero no son lo mismo. «Certificado de profesionalidad» es la figura del sistema anterior, regulada por el Real Decreto 34/2008. «Certificado Profesional» es la denominación que la Ley Orgánica 3/2022 asigna al Grado C del nuevo Sistema de Formación Profesional. Tu certificado antiguo no se anula: la disposición adicional sexta lo protege por equivalencia.
¿Por qué cambió el nombre?
Porque cambió la arquitectura entera. El preámbulo de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, lo dice sin rodeos: hasta ahora existían «dos subsistemas destinados a diferentes colectivos, sin relación entre ellos» —la FP del sistema educativo, con sus ciclos formativos, y la FP para el empleo, a través de los certificados de profesionalidad— y esa división era «fuente de limitaciones importantes en la cualificación y recualificación profesional en España».
La ley los integra en un único sistema con cinco grados. Ese es el cambio de fondo; el nombre solo es su consecuencia visible.
¿Cuáles son los cinco grados del Sistema de Formación Profesional?
| Grado | Qué acredita |
|---|---|
| A | Acreditación parcial de competencia |
| B | Certificado de competencia |
| C | Certificado Profesional |
| D | Ciclo formativo (título de FP) |
| E | Curso de especialización |
En cada grado hay ofertas vinculadas a los niveles 1, 2 y 3 del Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales. La escala no es de prestigio: es de amplitud de lo que acreditas.

¿Qué es exactamente el Grado C?
El artículo 35 lo define como la oferta «parcial y acumulable» de varios módulos profesionales del Catálogo Modular de Formación Profesional, agrupados «por razón de su significación en el mercado laboral», y que conduce a la obtención de un Certificado Profesional.
La palabra que más conviene retener es acumulable. El Grado C puede obtenerse de dos maneras: superando esa formación, o acumulando Certificados de Competencia de Grado B hasta completar todos los módulos profesionales incluidos en ella. Es un diseño pensado para quien ya está trabajando y avanza por tramos.
¿Qué necesito para acceder?
El artículo 37 fija los requisitos por nivel. Para el Grado C de nivel 2: el Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, un Certificado Profesional de nivel 2, un Certificado de Competencia incluido en la oferta, o un Certificado Profesional de nivel 1 de la misma familia profesional. Para el nivel 3: el título de Técnico, de Bachiller o equivalente a efectos de acceso, un Certificado Profesional de nivel 3, un Certificado de Competencia incluido en la oferta, o un Certificado Profesional de nivel 2 de la misma familia profesional.
Si no reúnes ninguno, la ley obliga a las administraciones competentes a convocar pruebas de acceso individuales.
¿Qué tengo que entregar para obtenerlo?
Aquí está la diferencia práctica que más sorprende a quien viene del sistema antiguo, y conviene ser exacto: el Grado C no tiene un «proyecto» final como el ciclo formativo. Lo que sí tiene es una fase de empresa obligatoria.
El artículo 65 establece que todas las ofertas de Grado C, D y, en su caso, E se efectúan «con carácter dual», bajo un régimen general o intensivo. Y el artículo 63 es terminante sobre las consecuencias: «La finalización con éxito de los periodos de formación en empresa u organismo equiparado es obligatoria para la obtención del Certificado Profesional o Título correspondiente». La evaluación final corresponde al centro de formación, teniendo en cuenta la valoración del tutor dual de la empresa.
El documento integrador —el proyecto intermodular— pertenece al Grado D, al ciclo formativo, no al Certificado Profesional. Confundirlos es el error más común al planificar el curso. Sobre la fase de empresa conviene además saber qué implica en términos de cotización, porque desde 2024 las prácticas cotizan a la Seguridad Social y eso afecta también a la formación en empresa de la FP.

¿Se anula mi certificado de profesionalidad antiguo?
No. La disposición adicional sexta establece que quienes posean un Certificado de profesionalidad regulado al amparo del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, «tendrán acreditados los estándares de competencia profesional del nuevo Catálogo Nacional de Estándares de Competencias profesionales declarados equivalentes a las unidades de competencia incluidas en dicho certificado».
Además, la disposición transitoria segunda mantiene vigente la ordenación de los Certificados de Profesionalidad «hasta que se proceda al desarrollo reglamentario en el marco del nuevo Sistema de Formación Profesional». Por eso en 2026 sigues viendo las dos denominaciones conviviendo en convocatorias, ofertas de empleo y catálogos de centros: no es un error de quien las publica, es el periodo de transición.
¿Qué validez tiene el Certificado Profesional?
Los Certificados Profesionales los otorga la administración competente, se inscriben en el Registro Estatal de Formación Profesional y tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. En el certificado deben detallarse los módulos profesionales superados y los estándares de competencia correspondientes: no es un diploma genérico, es un desglose.
Cómo saber cuál te corresponde
- Mira el nivel, no el nombre. Niveles 1, 2 y 3 del Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales son la unidad real de comparación.
- Comprueba si buscas empleabilidad inmediata o titulación. Grado C acredita un perfil con significación en el mercado laboral; Grado D da un título de FP.
- Si ya trabajas en el sector, cuenta tus Grados B. El Grado C es acumulable desde ellos.
- Confirma el régimen dual. General o intensiva cambia la duración de la fase en empresa.
- Pregunta en qué catálogo está la oferta concreta. Solo las incluidas en el Catálogo Nacional de Ofertas de Formación Profesional dan lugar a un Certificado Profesional.
Lo que Tesify no hace
Tesify no tramita certificados, no te matricula, no acredita competencias y no sustituye a la administración competente ni al centro de formación: ninguna herramienta puede hacer eso, y cualquiera que lo prometa está describiendo algo que no existe. Tampoco redacta por ti la parte que debe salir de tu propia experiencia en la empresa. Lo que sí hace es ayudarte a estructurar y redactar los documentos escritos que sí te piden a lo largo del itinerario —memorias, informes de seguimiento, el proyecto si cursas Grado D— partiendo de tus propias notas, para que el texto final sea tuyo y esté ordenado.
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Preguntas frecuentes
¿Certificado de profesionalidad y certificado profesional son lo mismo?
No exactamente. El certificado de profesionalidad es la figura del sistema anterior (Real Decreto 34/2008); el Certificado Profesional es la denominación del Grado C en el Sistema de Formación Profesional creado por la Ley Orgánica 3/2022. Conviven durante la transición.
¿Pierdo mi certificado de profesionalidad con la nueva ley?
No. La disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 3/2022 declara acreditados los estándares de competencia del nuevo catálogo que sean equivalentes a las unidades de competencia de tu certificado.
¿Hay que hacer un proyecto final para el Certificado Profesional?
No. El proyecto intermodular pertenece al Grado D (ciclo formativo), según el artículo 41. Para el Certificado Profesional lo obligatorio es superar la fase de formación en empresa (art. 63).
¿El Certificado Profesional vale en toda España?
Sí. Lo otorga la administración competente, se inscribe en el Registro Estatal de Formación Profesional y tiene carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
¿Puedo obtener un Certificado Profesional sin cursar la formación completa?
Sí, por acumulación. El artículo 35.2 permite obtenerlo acumulando Certificados de Competencia de Grado B que completen la totalidad de los módulos profesionales incluidos en esa formación.
¿Qué pasa si no cumplo los requisitos de acceso?
Las administraciones competentes deben realizar pruebas de acceso individuales para quienes no reúnan los requisitos, según el artículo 37.4.
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