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Cómo cambiar de director de tesis: procedimiento según RD 99/2011

¿Cómo cambiar de director de tesis? Procedimiento según RD 99/2011

Saber cómo cambiar de director de tesis es una necesidad real para una parte de los doctorandos españoles, aunque el procedimiento rara vez se explica con claridad en la documentación oficial de los programas. La regulación estatal de referencia es el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado (BOE-A-2011-2541), modificado posteriormente por el Real Decreto 576/2023, de 4 de julio. Ambas normas establecen el marco general, pero son las escuelas de doctorado de cada universidad las que desarrollan el procedimiento concreto.

Esta guía explica qué dice la normativa vigente, qué causas son admisibles, quién toma la decisión y cuáles son los pasos documentados en las principales universidades españolas.

Respuesta directa: La Comisión Académica del programa de doctorado puede modificar el nombramiento del director, oída la solicitud del doctorando. El procedimiento habitual es: presentar una solicitud razonada por escrito ante la Escuela de Doctorado o el coordinador del programa → la Comisión Académica la evalúa → emite resolución. No existe un derecho automático al cambio: la decisión corresponde a la Comisión.

¿Qué dice el RD 99/2011 sobre el director de tesis?

El artículo 11 del Real Decreto 99/2011 regula la figura del director de tesis doctoral. Sus puntos clave respecto al nombramiento y eventual cambio son los siguientes:

  • El director es el máximo responsable de la coherencia e idoneidad de las actividades de formación del doctorando, del impacto y novedad en su campo, y de la orientación del plan de investigación.
  • La Comisión Académica del programa puede modificar el nombramiento del director, oído el doctorando, cuando así lo estime pertinente. Esta es la base legal para el cambio.
  • Para la codirección de la tesis es necesaria la autorización previa de la Comisión Académica. Dicha autorización puede ser revocada si la Comisión considera que la codirección no beneficia el desarrollo de la tesis.
  • En ningún caso el número de directores será superior a tres.

La norma no establece un procedimiento detallado ni una lista de causas tasadas: otorga plena discrecionalidad a la Comisión Académica. Esto significa que el éxito de la solicitud depende en gran medida de la motivación que el doctorando aporte y de la política interna de cada escuela de doctorado.

¿Qué cambió con el RD 576/2023?

El Real Decreto 576/2023, de 4 de julio (BOE-A-2023-16573), introdujo modificaciones relevantes en el RD 99/2011. En lo que respecta a la dirección de tesis, los cambios más importantes son:

  • Se refuerza el sistema de evaluación anual: la Comisión Académica evalúa cada año el avance del doctorando considerando los informes del director y el tutor. Una evaluación negativa reiterada puede derivar en la revisión del equipo de dirección.
  • Se consolida la obligación de que cada tesis cuente con al menos dos informes de doctores externos a la universidad antes de la defensa. Esto hace más crítica la relación con el director, ya que es quien gestiona esos contactos.
  • Se establece que los doctorandos matriculados antes de la entrada en vigor del RD 576/2023 se rigen por la normativa vigente en el momento de su inicio, salvo en lo relativo al tribunal y la defensa, que aplica desde el curso 2024-2025.

Para doctorandos matriculados a partir del curso 2023-2024, el marco regulador completo es el RD 99/2011 en su versión consolidada con las modificaciones del RD 576/2023.

¿Qué causas son admisibles para pedir el cambio de director?

La normativa estatal no enumera causas específicas. Las escuelas de doctorado y las comisiones académicas suelen valorar positivamente solicitudes fundamentadas en alguna de las siguientes situaciones:

  • Abandono o inactividad del director: falta de respuesta continuada durante meses, sin comunicación formal. La más clara y documentable de las causas.
  • Traslado del director a otra institución extranjera sin garantizar la continuidad de la supervisión.
  • Conflicto académico o ético grave que impida el desarrollo normal de la investigación. Requiere documentación objetiva.
  • Cambio de línea de investigación: cuando la tesis ha evolucionado hacia un campo en el que el director actual no tiene competencia o interés.
  • Jubilación o baja prolongada del director sin haber designado codirector sustituto.
  • Solicitud acordada entre doctorando y director: cuando ambas partes están de acuerdo, el proceso es más ágil y la Comisión suele aprobarla sin objeciones.

Las causas que las comisiones académicas rechazan con más frecuencia son las basadas exclusivamente en diferencias de opinión sobre el enfoque del trabajo, sin evidencia de daño real al progreso de la tesis.

Procedimiento general para cambiar de director de tesis

Aunque cada universidad desarrolla su propio protocolo, el procedimiento más habitual sigue estos pasos:

  1. Consulta previa con el coordinador del programa o con el responsable de la Escuela de Doctorado. Antes de formalizar nada, es recomendable comentar la situación de forma informal para entender la postura institucional y saber si hay un candidato a nuevo director.
  2. Identificación del nuevo director propuesto. La Comisión Académica necesita saber a quién se propone como sustituto. Es difícil que apruebe un cambio sin un director de reemplazo ya comprometido.
  3. Redacción de la solicitud escrita. Debe incluir: datos del doctorando, programa y fecha de matrícula, nombre del director actual y del propuesto, motivación detallada del cambio y, si existe documentación de apoyo (correos, informes de evaluación), adjuntarla.
  4. Presentación ante la Escuela de Doctorado o el coordinador del programa. El canal varía por universidad: algunas disponen de formulario oficial; otras admiten escrito de formato libre dirigido al coordinador.
  5. Evaluación por la Comisión Académica. La Comisión estudiará la solicitud, escuchará —formalmente o informalmente— al director actual y al propuesto, y emitirá resolución. El plazo real varía entre dos semanas y dos meses según la institución.
  6. Notificación de la resolución al doctorando por el mismo canal de presentación.
  7. Actualización del convenio de doctorado y del documento de actividades para reflejar el nuevo director.

Procedimiento en universidades concretas

A continuación se recogen los procedimientos documentados en las webs oficiales de las escuelas de doctorado de varias universidades:

UCM — Universidad Complutense de Madrid

La solicitud de cambio de director se presenta de forma telemática al coordinador del programa. La Comisión Académica la estudia y comunica la resolución por la misma vía. No existe un formulario estandarizado a nivel central; cada programa puede tener su propio modelo. Más información en la Escuela de Doctorado de la UCM.

UAM — Universidad Autónoma de Madrid

El doctorando presenta una propuesta razonada en formato libre a la Escuela de Doctorado. Desde allí se traslada a la Comisión Académica, que decide oído el doctorando y los directores implicados. Detalles en la web de la Escuela de Doctorado de la UAM.

UGR — Universidad de Granada

Existe un modelo oficial de solicitud de cambio en la dirección de tesis descargable desde el portal de seguimiento. El proceso varía según si ya se ha presentado el plan de investigación o no. Información en la Escuela de Posgrado de la UGR.

UPV — Universitat Politècnica de València

La solicitud se tramita directamente en la plataforma de gestión de tesis, en el menú Writing phase → Director change request. Es uno de los procesos más digitalizados entre las universidades españolas. Ver el procedimiento oficial de la UPV.

US — Universidad de Sevilla

La Escuela Internacional de Doctorado (EIDUS) dispone de un formulario M06 de solicitud de sustitución de director. La descarga y el proceso de presentación están disponibles en la web de la EIDUS.

¿Cuánto tarda y qué consecuencias tiene para la tesis?

El cambio de director conlleva implicaciones prácticas que el doctorando debe valorar antes de iniciar el proceso:

  • Tiempo de resolución: entre dos semanas (proceso acordado) y dos meses (proceso contencioso o con necesidad de consultar a comisiones superiores). Durante ese tiempo la supervisión puede quedar en suspenso.
  • Impacto en la evaluación anual: si el cambio coincide con el período de evaluación, el nuevo director puede necesitar tiempo para familiarizarse con el trabajo antes de emitir su informe.
  • Posible repercusión en plazos de entrega: las universidades no suelen conceder automáticamente una prórroga por cambio de director. Si el proceso se alarga, el doctorando debe gestionarlo con la coordinación del programa.
  • Continuidad del convenio de colaboración: si la tesis está vinculada a un proyecto o contrato financiado por el director actual, el cambio puede afectar a la financiación del doctorando.
Atención: Si tu director se ha trasladado a otra universidad extranjera y propones mantenerlo como codirector internacional, el procedimiento es diferente: se trata de una modificación de la modalidad de dirección (no de un cambio), y puede ser más fácil de aprobar por la Comisión Académica.

Para más contexto sobre la normativa que regula los programas de doctorado en España, consulta también el análisis del desarrollo reglamentario de la LOSU en 2026, que introduce cambios en el marco universitario general.

Preguntas frecuentes

¿Tengo derecho a cambiar de director de tesis?

No existe un derecho subjetivo automático al cambio. El RD 99/2011 faculta a la Comisión Académica para modificar el nombramiento del director cuando lo estime oportuno, oído el doctorando. Por tanto, puedes solicitarlo, pero la decisión corresponde a la Comisión Académica, que puede denegarlo si no aprecia causa suficiente.

¿Qué pasa si mi director no responde durante meses?

La inactividad continuada y documentada del director es una de las causas mejor aceptadas por las comisiones académicas. Conserva todos los correos y mensajes sin respuesta como evidencia. Informa a la Escuela de Doctorado por escrito de la situación antes de formalizar la solicitud de cambio.

¿Puedo añadir un codirector sin eliminar al director actual?

Sí. La incorporación de un codirector es un proceso diferente y generalmente más sencillo que el cambio de director. Requiere la autorización previa de la Comisión Académica, pero si el director actual está de acuerdo, las probabilidades de aprobación son muy altas. El número total de directores no puede superar tres según el RD 99/2011.

¿Puede el director pedir él mismo el cambio?

Sí. La Comisión Académica puede revisar el nombramiento tanto a solicitud del doctorando como del propio director o tutor. En ese caso, el proceso suele ser más ágil, ya que existe acuerdo entre las partes, aunque la resolución formal sigue requiriendo la aprobación de la Comisión.

¿Qué ocurre con la evaluación anual durante el proceso de cambio de director?

Si el cambio coincide con la evaluación anual, el nuevo director puede carecer del conocimiento suficiente para emitir el informe de evaluación. En ese caso, debes comunicar la situación al coordinador del programa para acordar quién emite el informe o solicitar una prórroga del plazo de evaluación, si la normativa lo permite.

¿El cambio de director afecta al plazo máximo de la tesis?

El cambio de director no interrumpe automáticamente el plazo de entrega de la tesis. Si el proceso provoca un retraso significativo en tu investigación, puedes solicitar una prórroga del plazo máximo a la Comisión Académica, pero no está garantizada. Cada universidad tiene su política de prórrogas regulada en su normativa interna.

¿Necesito proponer un nuevo director antes de presentar la solicitud?

En la práctica, sí. Las comisiones académicas raramente aprueban un cambio de director si el doctorando no presenta ya un candidato de sustitución que haya aceptado asumir la dirección. Identifica y habla informalmente con el nuevo director propuesto antes de presentar la solicitud formal.

¿Dónde encuentro el formulario de solicitud de cambio de director?

En la web de la Escuela de Doctorado de tu universidad, en la sección de impresos o formularios. Si no existe formulario estandarizado (como en la UAM), se presenta un escrito de formato libre. Universidades como la UGR, la US y la UPV disponen de formularios específicos descargables en sus portales de doctorado.

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